jueves, 18 de febrero de 2021

OFICINA DE CONTROL INTERNO IDENTIFICA IRREGULARIDADES EN ENTREGA DE BONOS EN LA FAP


 LA OCI DETERMINO QUE EN LA FAP SE ENTREGARON 59 BONOS DE MANERA  IRREGULAR A PERSONAL MILITAR - ENVARADOS 

LA OCI FAP REALIZO UNA INVESTIGACION SOBRE LA ENTREGA DE BONOS Y DETERMINO QUE EN LA FAP SE ENTREGARON DE MANERA IRREGULAR, MAS DE MEDIO CENTAR DE BONOS, A PERSONAL ENVARADO QUE NO REALIZABA PATRULLAJE NI REALIZABA TRABAJOS VINCULADOS DIRECTAMENTE AL ESTADO DE EMERGENCIA.

FUERON 59 OFICIALES TTCCSSO DE LA FAP QUE SE APROVECHARON DE ESTOS BONOS, AHI ESTAN LOS ENVARADOS, SECRETARIOS, SECRETARIAS, LAME BOTAS, AYAYEROS.. Y TODOS LOS QUE SIEMPRE ESTAN DE FRANELEROS ....

A CONTINUACION LEAN EL INFORME DE LA OCI ... Y  CON CALMA MUCHACHOS YA SALE LA RELACION DE LOS 59 QUE SE VACUNARON PRIMERO 



QUE DICEN ESTOS PARRAFOS QUERIDOS AMIGOS DE LA FAP ???? LA OFICINA DE OCNTROL MUY SUTILMENTE DICE, ESE PERSOPNAL DEBIO SER EXCLUIDO, PERO LO QUE NO DICE CLARAMENTE QUE ESO TAMBIEN ES DELITO, POR PARTE DE LOS GENERALUCHOS QUE COLOCARON SU GENTE, AL IGUAL QUE LOS BENEFICIADOS, ES CASI IGUAL EL TEMA ACTUAL DE LOS VACUNADOS .. ELLOS TAMBIEN UTILIZARON SU CRAGO Y GRADO PARA METERSE AL BOLSILLO ESOS BONOS, TENIENDO AMPLIO CONCIMIENTO QUE NO LO MERECIAN.


AHORA NUESTROS PATASAS DE LA OCI, TIENE QUE DENUCNIAR A ESOS MALOS ELEMENTOS Y A LOS ENCARGADOS DE LOS BONOS, POR LOS DELITOS DE:

Concusión, regulado en el artículo 382 del Código Penal, sanciona al funcionario o servidor público que abusando de su cargo obliga o induce a una persona a dar o prometer indebidamente, para sí o para otro, un bien o beneficio patrimonial, y es sancionado con una pena de 2 a 8 años de cárcel.

Aprovechamiento indebido de cargo, regulado en el artículo 399 del Código Penal, que tipifica la conducta del funcionario o servidor público que indebidamente, en forma directa o indirecta, se interesa en cualquier contrato u operación en el cual interviene por razón de su cargo, con la finalidad de obtener un provecho propio o de un tercero, imponiéndosele una pena de 4 a 6 años de cárcel.

Peculado por extensión, tipificado en el artículo 387 y 392 del Código Penal, el cual sanciona al funcionario o servidor público que se apropia o utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, caudales o efectos cuya percepción, administración o custodia le estén confiados por razón de su cargo, extendiéndose la responsabilidad a todas las personas que administren o custodien dinero o bienes destinados a fines asistenciales o a programas de apoyo social, ascendiendo la pena en su fórmula agravada de entre 8 a 12 años de cárcel

..... LA OFICINA DE CONTROL INTERNO.. DEBE TOMAR ACCION JUNTO CON INSPECTORIA DE LA FAP .. LAMENTABLEMENTE EL INFORME NO ES PARA NADA CONTUNDENTE, SOLO DICE, SE ROBARON DINERO DEL ESTADO PERO HAZLE CARIÑITO.. ..


EN ESTOS DIAS SALDRA LA RELACION DE LOS 59 VACUNADOS CON EL BONO FAP, Y ESPERO PODER PUBLICAR LA DENUNCIA PENAL FORMULADA POR LA OCI CONTRA TODOS LOS RESPONSABLES DE EST ACTO DELICTIVO Y EN PLENA EPOCA DE EMERGENCIA, DE LO CONTRARIO LA OCI, TAMBIEN CAE EN DELITO... PORQUE LA FAP, MAXIMO HARA UNA INVESTIGACION ADMINISTRATIVA Y NO PASARA NADA ---- 

ME PREGUNTO QUIEN HABRA SIDO EL INSPECTOR GENERAL DE LA FAP EL AÑO PASADO -- 2020????? COMO QUE SU CACHARRO Y SU FUSELAJE, LO HE VISTO ESTE AÑO - CON CUATRO SOLES ....

AQUI LES DEJO LA DENUNCIA PUBLICA QUE REALIZAMOS HACE TIEMPO SOBRE ESTE CASO...

https://cazandoalcorrupto.blogspot.com/2020/07/bono-fap-720-soles-ponen-al-descubierto.html

https://cazandoalcorrupto.blogspot.com/2020/07/bonos-fap-alto-mando-fap-manipulo.html

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