lunes, 27 de diciembre de 2021

PISCINAS FAP DE LA MUERTE - OBLIGAN A OFICIALES A ASISTIR A PISCINA CONTAMINADA Y NO AUTORIZADA POR MINSA - DIGESA

PISCINA DEL CERTSE FAP NO ESTA AUTORIZADA POR MINSA - DIGESA Y LOS DIRICTIVOS (TIP GUTIERRES) A TRAVES DEL ALTO MANDO HAN OBLIGADO AL PERSONAL MILITAR A ASITIR A LOS EVENTOS DONDE LA AGLOMERACION Y FALTA DE MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD PONEN EN RIESGO LA VIDA DE LOS SOCIOS FAP



PODEMOS OBSERVAR QUE DIGESA ES EL ORGANO QUE INSPECCIONA Y DA EL VISTO BUENO PARA QUE LAS PISCINAS PUEDAN RECIBIR VERANEANTES, PARA ELLO PASAN POR UNA SERIE DE EXAMENES ADMINISTRATIVOS Y MICROBIOLOGICOS.


DIGESA NO SOLO TIENE EN LA MIRA A LA PISCINA DEL CMONT, SINO TAMBIEN A LA PISCINAS DE LAS ESCUELAS FAP - OSEA TAMBEIN ESTARIAN EXPONIENDO A LOS CADETES Y ALUMNOS...

ACTUALMENTE DIGESA- MINSA, HA INDICADO EN SU PAGINA WEB QUE LA PISCINA DE MONTERRICO UBICADA  EN EL CLUB DE OFICIALES FAP ES NO APTA, NO ES SALUDABLE, ELLO ESTARIA PONIENDO EN RIESGO LA SALUD Y LA VIDA DE TODOS LOS SOCIOS DEL CLUB DE OFICIALES, QUIEN HAYA DADO LA DISPOSICION Y A LA MISMA VEZ COACCIONADO BAJO ASANCION AL PERSONAL DE OFICIALES PARA QUE ASISTA A LA PISCINA DEL MENCIONADO CLUB, SERA DENUNCIADO POR UNA SERIE DE INFRACIONES ADMINISTRATIVAS Y DELITOS PENALES.



CLARAMENTE DIGESA INDICA COMO NO SALUDABLE A LA PISCINA EN MENSION, ENTONCES SE ENTIENDE QUE NADIE DEBE OBLIGAR NI SIPONER LA APERTURA DE ESTE CENTRO RECREACIONAL ANTES QUE DIGESA CONFIRME ELLO, IPSO FACTO DEBERIA SER DENUNCIADO EL DIRECTOR DEL CMONT Y LOS ALTOS MANDOS QUE DISPUSIERON SU APERTURA Y ORDENARON AL PERSONAL DE OFICALES A ASITIR A TAN INSALUBRE LUGAR.


SEÑORES DEL ALTO MANDO DE LA FAP, USTEDES TIENEN UN GRADO Y UN CARGO NO PARA DAR ORDENES ESTUPIDAS, SU GRADO Y CARGO ES PARA TENER UN CONTROL ADMINISTRATIVO Y FUNCIONAL DE LA INSTITUCION, ELLO LOS DIFERENCIA DE SUS RESPONSABILIDADES FUNCIONES, OBLIGACIONES, FACULTADES ETC ETC, TODAS ELLAS ENMARCADAS EN UN MARCO NORMATIVO PROPIAMENTE INTERNO INSTITUCIONAL Y CONSTITUCIONAL, QUEDA CLARO QUE CUALQUIER TIPO DE ORDEN DONDE SE OBLIGA AL PERSONAL MILITAR ACUDIR A EVENTOS DONDE SE DISPONE DEL RECURSO ECONOMICO DE CADA MILITAR ES UNA GRAVE FALTA, AL PARECER ESTAN DESCONOCIENDO DERECHOS CONSTITUCINALES DE CADA ELEMENTO MILITAR BAJO SU MANDO.

AHORA DE SEGURO DIRAN NOOOOO!!!! PERO TENEMOS NUETRO MARCO NORMATIVO ESPECIAL INTERNO,, .......ESE MARCO NORMATIVO ESTA POR MUY DEBAJO DE LO QUE INDICA LA CONSTITUCION, SUS DISPOSICIONES NO PUEDEN TRANSGREDIR LO QUE ESTA ESTABLECIDO EN LA CARTA MAGNA, USTEDES SE RIGEN A LA CONSTITUCION Y CUENTAN CON NORMAS ESPECIALES PARA SER MAS PRECISOS SUS ORDENANZAS Y DIRECTIVAS Y LA LEY DEL REGIMEN DISCIPLINARIO, LOS CUALES AYUDAN A DAR CELERIDAD Y BRINDAR LA TUTELA JURIDICCIONAL EN SUS PROCESOS ADMINISTRATIVOS, PERO NO PARA VIOLAR DERECHOS CONSTITUCIONALES, PUES CON ELLO GRATUITAMENTE SE HARAN ACREEDORES DE SU DEMANDA JUDICIAL Y SU DENUNCIA PENAL. 

EXHORTAMOS AL COMANDANTE GENERAL DE LA FAP A CORREGIR TAN DELEZNABLE DISPOSICION QUE PONE EN RIESGO LA SALUD Y VIDA DE SU PERSONAL.


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