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domingo, 27 de septiembre de 2026

CORRUPCION FAP EN PIURA TALARA - EL COMANDO VIENE ACONDICIONANDO LOS TDR Y BASES DE LOS PROCESOS PARA EMPRESAS DE FAMILIARES Y AMIGOS

 


Talara FAP: OECE detecta vulneraciones en concurso de la FAP adjudicado a Larry Bill

El dictamen sobre la cuadra de tropa femenina identifica fallas de transparencia y afectaciones a la libre concurrencia y la competencia. La Inspectoría del Ala Aérea N.° 1 debe explicar qué acciones adoptó tras las alertas recibidas.

Talara, 27 de septiembre de 2026. El Concurso Público Abreviado N.° 001-2026-GRU11/FAP-1, convocado para el mantenimiento correctivo y acondicionamiento de la cuadra de tropa femenina del Grupo Aéreo N.° 11, terminó con la buena pro a favor de Larry Bill Servicios Generales E.I.R.L. La adjudicación se registró el 20 de agosto y quedó consentida el 28 de ese mes, según el Dictamen N.° D000772-2026-OECE-SDPC.

Ese documento, emitido por el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes el 15 de septiembre, confirma que hubo problemas concretos en el procedimiento. El OECE advirtió vulneraciones del artículo 66 del Reglamento, del principio de transparencia y de la Directiva N.° 003-2025-OECE/CD. También concluyó que una exigencia vinculada con la constancia de visita afectaba los principios de libertad de concurrencia y competencia.

Las observaciones alcanzan la manera en que se respondieron consultas de los participantes. El dictamen señala respuestas sin motivación suficiente, cambios en perfiles profesionales que no explicaron adecuadamente lo preguntado y falta de claridad sobre el puntaje asignado a determinadas mejoras. En contratación pública, estas fallas importan: las bases deben permitir que todos conozcan con precisión las condiciones para competir y la forma en que serán evaluados.

El postor que acudió al OECE denunció, además, coincidencias entre algunas exigencias del concurso y documentación presentada anteriormente por Larry Bill en otro procedimiento de la FAP. El dictamen recoge ese señalamiento, pero no concluye que las bases hayan sido diseñadas para favorecer a la empresa. Tampoco declara probado un delito de corrupción. Determinar el origen de los requisitos y si existió favorecimiento exige una investigación específica.

Una carta fechada el 19 de agosto y dirigida a la Inspectoría del Ala Aérea N.° 1 ya planteaba la necesidad de verificar los requisitos y factores de evaluación. El denunciante afirma que el 21 de septiembre remitió una nueva comunicación con el dictamen y pidió conocer las acciones adoptadas. Corresponde a la institución informar si recibió ambos escritos, qué verificaciones inició y quiénes participaron en la elaboración y aprobación de las bases.

La alerta se extiende a otro proceso del Grupo Aéreo N.° 11, referido al acondicionamiento de cocina, techo y comedor. El denunciante sostiene que allí también se rechazaron pedidos para admitir capacitaciones equivalentes. La presentación de ofertas que señaló para el 25 de septiembre ya pasó; con los documentos examinados no es posible establecer cuántos postores participaron ni cuál fue el resultado.

El OECE dispuso poner su dictamen en conocimiento del Sistema Nacional de Control y señaló que la autoridad de gestión administrativa debe adoptar medidas para evitar situaciones similares. 

La pregunta para la FAP es directa: ante vulneraciones ya identificadas por el organismo supervisor, ¿qué hizo con la información y cómo garantizará que los próximos concursos permitan una competencia efectiva?







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